Cambiode presidente de la comunidad de vecinos porque no hace nada. Si deseamos un cambio de presidente en la comunidad de vecinos, habrá que obligatoriamente abordar el tema con el resto de propietarios/as de la finca en Junta extraordinaria. Ésta se podrá producir sólo si al menos una cuarta parte de los
Elartículo 13.3 de la Ley Española de Propiedad Horizontal define al Presidente como un copropietario que ostentará legalmente la representación de la comunidad, en juicio y fuera de él, en todos los asuntos que le afecten. Son funciones específicas del Presidente, entre otras: 1- La convocatoria de las Juntas y la firma de las Actas (se
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